ANMAT prohibió la comercialización de productos médicos de una empresa por operar sin Director Técnico

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El organismo regulador suspendió el certificado de buenas prácticas y ordenó el retiro de dos lotes específicos del mercado tras detectar una grave falta de supervisión técnica.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de productos médicos de la firma RIPEZZI S.R.L. y dispuso la suspensión preventiva de su Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación. La medida se adoptó luego de que el Instituto Nacional de Productos Médicos (INPM) constatara que la empresa operaba sin un Director Técnico, una figura obligatoria para garantizar la seguridad y trazabilidad de los insumos.

Según la normativa vigente, las empresas del sector deben contar con un Director Técnico responsable de supervisar los procesos de fabricación, control de calidad y liberación de productos. En este caso, la profesional a cargo dejó su puesto a mediados de febrero y la firma no designó un reemplazo dentro del plazo legal de 10 días.

La ausencia de esta figura implica un incumplimiento grave, ya que elimina los controles técnicos necesarios. Los inspectores verificaron que la empresa continuó comercializando productos sin la supervisión profesional requerida, lo que afecta directamente la trazabilidad, el control de calidad y la validación previa a la distribución.

Desde el organismo advirtieron que esta situación representa un riesgo para la salud de la población, ya que no se puede asegurar que los productos cumplan con los estándares exigidos.

Como parte de la disposición, ANMAT ordenó el retiro del mercado de los siguientes productos:

  • RRS HA Long Lasting (PM 2369-27), lote J843225a, con vencimiento el 31 de agosto de 2028.
  • RRS HA CELLUTRIX (PM 2369-7), lote 021925b, con vencimiento el 31 de mayo de 2028.

Estos productos deberán ser recuperados hasta que se regularice la situación de la empresa. Además, se inició un sumario sanitario contra RIPEZZI S.R.L., con domicilio en la avenida Álvarez Thomas 667, por presunto incumplimiento de la Ley 16.463 y de la Disposición ANMAT N° 2319/2002.

La intervención del organismo se enmarca en sus tareas de fiscalización para garantizar que los productos médicos sean seguros, eficaces y de calidad. Las medidas adoptadas tienen carácter preventivo y buscan evitar riesgos sanitarios derivados de fallas en los controles.

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