Una nueva ley en Florida, conocida como HB 1103, permitirá a los gobiernos locales imponer ordenanzas y sanciones sobre barcos abandonados o en mal estado, y establecer zonas de navegación restringida a partir del 1 de julio.
El gobernador de Florida, Ron DeSantis, promulgó la ley HB 1103, una iniciativa que redefine el alcance de los gobiernos locales en materia de control marítimo. La medida fue aprobada dentro de un paquete legislativo y comenzará a aplicarse el 1° de julio.
Según el texto legal, la nueva normativa permite que los gobiernos municipales y de condados adopten ordenanzas para que sus inspectores de cumplimiento intervengan en situaciones relacionadas con embarcaciones en estado de abandono o deterioro. Además, estos funcionarios podrán aplicar sanciones mediante un sistema de citaciones no penales, por lo que se integrarán al esquema estatal de infracciones en navegación.
La HB 1103 también introduce la posibilidad de establecer áreas con restricciones para la circulación de embarcaciones en sectores considerados de riesgo, como cruces de agua con visibilidad limitada. Las autoridades locales estarán facultadas para fijar límites dentro de un rango inicial de 300 pies (91 metros), con posibilidad de ampliar ese límite hasta 1000 pies (300 metros) si la situación lo requiere. La norma indica que estos espacios deben contar con señalización uniforme.
Para que las ordenanzas locales adoptadas bajo esta ley puedan activarse, deben cumplir con una serie de requisitos administrativos y de seguridad supervisados por el estado. Ninguna ordenanza puede entrar en vigor hasta que haya sido revisada y aprobada por la Comisión de Conservación de Pesca y Vida Silvestre de Florida (FWC). En el caso de las áreas de navegación restringida, la FWC solo otorgará su aprobación si determina que la disposición es estrictamente necesaria para proteger la seguridad pública.
El régimen de sanciones establecido se centra en un sistema de multas graduales y en la declaración legal como «molestias públicas» para facilitar la remoción de barcos. Cualquier embarcación que sea objeto de tres o más violaciones en un periodo de 24 meses debe ser declarada oficialmente una molestia pública, lo que otorga a las autoridades poderes adicionales para su remoción.
Finalmente, es importante recordar que, aunque la ley fue firmada recientemente, ninguna de estas facultades u ordenanzas locales podrá ser efectiva antes de la fecha de entrada en vigor, que es el 1° de julio.
