El Congreso de Perú aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal que endurece las penas por crueldad contra animales, con sanciones de hasta 8 años de cárcel en casos de muerte.
El Pleno del Congreso de la República del Perú aprobó por unanimidad un dictamen que modifica el artículo 206-A del Código Penal, incrementando las penas por maltrato animal. La iniciativa, respaldada con 91 votos a favor, establece sanciones de hasta 8 años de prisión en los casos más graves, especialmente cuando el maltrato provoca la muerte del animal.
El dictamen diferencia entre conductas básicas y agravadas. El maltrato o abandono simple podrá ser castigado con hasta tres años de prisión y multas de 100 a 180 días-multa. Sin embargo, si el acto causa la pérdida de un órgano o sentido, o se emplean métodos como armas, fuego o veneno, la pena sube a entre cuatro y seis años.
También se consideran agravantes el ensañamiento, sadismo, actos sexuales contra animales, la participación de dos o más personas y la difusión de videos o imágenes del maltrato. En estos casos, las penas se incrementan significativamente.
La norma introduce responsabilidad agravada para profesionales con deber de cuidado, como veterinarios, cuidadores, entrenadores, miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Si abusan de su posición, las sanciones serán más severas.
La muerte del animal como consecuencia del maltrato eleva la pena a entre seis y ocho años de prisión, más multas de 150 a 360 días e inhabilitación. El Congreso busca alinear la legislación con estándares internacionales de bienestar animal y responder a la creciente preocupación ciudadana.
