El Ejecutivo advirtió que su ejecución queda suspendida hasta que el Congreso incorpore fuentes de financiamiento en el Presupuesto.
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El Gobierno promulgó la Ley de Emergencia en Discapacidad, pero suspende su ejecución por falta de financiamiento
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El Gobierno promulgó la ley de emergencia en discapacidad, pero no la reglamentó.
X – @PTSarg
El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad y, en simultáneo, comunicó que su aplicación queda suspendida hasta que el Congreso incluya créditos presupuestarios y fuentes específicas para cubrir sus erogaciones. Así lo establece el Decreto 681/2025, que invoca el art. 5° de la Ley 24.629 (toda ley con gasto queda suspendida hasta la inclusión de partidas) y el art. 38 de la Ley 24.156 (obligación de precisar financiamiento).
El Gobierno recordó que el Presupuesto 2026 fue remitido al Parlamento el 15 de septiembre y que ese es el ámbito para definir recursos y partidas que permitan la ejecución de la norma. La ley había sido vetada en agosto (Decreto 534/25), pero el Congreso insistió con dos tercios en Diputados (20/8) y Senado (4/9), tras lo cual el 8/9 fue enviada al Ejecutivo para su promulgación.
En este marco, varios legisladores cuestionaron al Ejecutivo por la decisión. Esteban Paulón, diputado nacional por el Partido Socialista, denunció al gobierno por «cinismo y crueldad», al afirmar que el gobierno de Javier Milei devolvió al Congreso la Ley de Emergencia en Discapacidad para demorar su cumplimiento».
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CINISMO Y CRUELDAD
El Gobierno finalmente publicó la ley de #EmergenciaEnDiscapacidad y acto seguido la devuelve al Congreso para demorar su cumplimiento (Dto. 681/25)
Es INAUDITO e INÉDITO.
Nunca un gobierno incumplió una ley tan abiertamente, desafiando la voluntad popular y… pic.twitter.com/JhktlprGrd— Esteban Paulón (@EstebanPaulon) September 22, 2025
Qué dispone la ley (en lo formal, aún no ejecutable):
- Declara la emergencia hasta el 31/12/2026 (prorrogable 1 año).
- Crea la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social: 70% del haber mínimo, actualización previsional, compatibilidad con empleo hasta 2 SMVM, suspensión automática por superación del tope y rehabilitación inmediata; conversión de oficio de PNC vigentes.
- Garantiza cobertura de salud a través del Programa Incluir Salud y las prestaciones de la Ley 24.901.
- Declara de interés público los servicios de prestadores 24.901 y fija una compensación de emergencia por la brecha aranceles vs IPC (12/2023–12/2024); establece aranceles únicos con movilidad mensual por Decreto 274/24 (o el que lo reemplace) y un estudio anual de costos.
- Amplía a 3 años la exención del 50% de contribuciones patronales para empleadores que contraten trabajadores con discapacidad (art. 87 Ley 24.013).
- Fortalece a ANDIS (CUD, auditorías con debido proceso inclusivo) y exige informes anuales de ejecución y pagos.
Noticia en desarrollo.-