Se conoció el resultado de la pericia psicológica hecha a la denunciante de los rugbiers franceses

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“El relato presenta características que dan cuenta de una acomodación del mismo como modo de ir justificando su participación voluntaria en los hechos que se denuncian, tomándose, por momentos, incoherente y poco sustentable desde el punto de vista lógico, ya van que sumándose detalles que lo vuelven inverosímil y no confiable. Se advierten contradicciones entre diferentes partes de la narración, no logrando la diciente salvar las mismas de manera convincente. Además, existen descripciones vagas y omisiones voluntarias”.

Las afirmaciones son parte de las conclusiones de un peritaje clave en la investigación por la denuncia de violación que presentó una mujer en Mendoza contra dos jóvenes rugbiers de la selección de Francia. Se trata de un estudio psicológico y psiquiátrico que ayer le fue entregado al fiscal de la causa, Darío Nora, según afirmaron a LA NACION fuentes con acceso al expediente.

El informe lleva las firmas de los peritos oficiales Francisco Izura y Leandro Silvestre, psicólogo y médico psiquiatra, respectivamente, y de los peritos de la defensa Octavio Agustín Agasso Luchini y Carlos Messina, psiquiatra y psicólogo, respectivamente.

La denunciante de los rugbiers franceses en Mendoza en una entrevista con LA NACION

“Los audios, los testigos y las cámaras de seguridad del hotel ya habían demostrado la inocencia de mis dos representados. Ahora le sumamos el categórico informe médico psicológico sobre la denunciante que acredita ser una persona incoherente, contradictoria, de suma vulnerabilidad y con una narración acomodaticia a su conveniencia. Es una vergüenza lo que sucedió con mis dos clientes. De no ser por el enorme trabajo realizado, podrían haber sido castigados con más de 20 años de prisión. Hoy tenemos que estar muy alertas a estas denuncias falsas, porque pueden ser un castigo para toda la vida”, sostuvo a LA NACION el abogado Rafel Cúneo Libarona, defensor de Hugo Auradou y Oscar Jegou, los dos rugbiers denunciados y que, primero estuvieron detenidos y luego con arresto domiciliario en Mendoza hasta que fueron excarcelados y autorizados a volver a Francia.

A fines del mes pasado, Cúneo Libarona había solicitado el sobreseimiento de los dos deportistas galos. El letrado volverá a solicitar el sobreseimiento de sus clientes y la Justicia dispondrá una fecha para celebrar una audiencia, que podría ser la próxima semana.

Los rugbiers habían sido detenidos el lunes 8 de julio en la ciudad de Buenos Aires, horas después de haber sido denunciados por una mujer de 39 años.

La denunciante afirmó en su presentación que la violación había ocurrido la madrugada del domingo 7, pocas horas después de un partido entre los Pumas y la selección de Francia, en una habitación del hotel cinco estrellas Diplomatic, situado en el centro de Mendoza.

“Los golpes y los moretones aún están. Me están juzgando y presionando, incluso desde la Justicia. Hay una diferencia atroz en los peritajes que realizan, sometiéndome a largas horas, mientras que a ellos, nada. Me están tratando a mí de delincuente, y yo soy la víctima”, habían dicho la denunciante en una entrevista con LA NACION. Su identidad nunca se publicó y en las fotografías ella salió de espaldas y con su cabeza cubierta por un gorro.

Oscar Jégou y Hugo Auradou, rugbiers franceses

Antes de enumerar las conclusiones, los especialistas que firmaron el peritaje explicaron que las “técnicas utilizadas fueron dos entrevistas psicológicas-psiquiátricas forenses, abiertas y semidirigidas, realizadas en un doble turno, el 13 de agosto pasado.

También aclararon que con los peritos de las dos partes se planteó una tercera entrevista de cierre, que “no ha sido factible por la no concurrencia en tres oportunidades de parte de la examinada, asociada ellos a diferentes motivos que habría expuesto”, según se desprende del informe, al que tuvo acceso LA NACION.

¿Tiende a fabular?

En el punto número 2 del estudio, titulado “Si conforme al relato de los hechos, [la denunciante] tiende a fabular o inventar historias”, se concluyó: “Presenta un relato lineal y estructurado en contraposición a uno espontáneo y fluido, rígido en cuanto a la cronología de los hechos y que resulta deficitario en cuanto a la construcción lógica del mismo, cuyo detalles no se articulan en forma coherente como un todo. […] El hilo conductor es laxo y disperso”.

También se sostuvo: “Se observa en el relato existencia de elementos compatibles con exageración y acomodación de la información que aporta, detectándose contenidos contradictorios e inconsistentes al momento de explicar situaciones con las que se la confronta. […] Detectamos una tendencia a acomodar la información que brinda, enfatizando aquellos aspectos que pueden favorecer su versión sobre los hechos y siendo evitativa acerca de aquellos datos que pueden comprometerla y que, claramente, van en una dirección contraria a sus fallidos intentos de instituirse en el lugar de víctima, como forma de lograr una versión de los hechos acorde a un relato parcializado”.

En el punto 6 del peritaje, donde los especialistas respondieron la consulta de “si se observaron indicadores de haber vivido un episodio de contenido sexual y si, a consecuencia del mismo, ha generado algún trastorno de estrés postraumático, se explicó: “Conforme a lo relatado por la señora [por la denunciante], la misma habría sido objeto de una serie de prácticas sexuales en la cual involucra a dos sujetos, jugadores del seleccionado francés de rugby, en la habitación de un hotel de la ciudad de Mendoza. Dichas prácticas habría tenido, según su relato, características salvajes, de una violencia extrema, en las cuales se intercalaron distintos tipos de maltratos físicos, como golpes de puño, tirones de cabellos, mordeduras y arrastre por el piso, con ataques sexuales por parte de ambos [deportistas], a los que la denunciante no habría consentido. Dicho relato, presenta una serie de inconsistencias y contradicciones, lo cual configura globalmente una narración deficitaria en cuanto a los criterios de credibilidad y validez”.

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